La Declaración Universal de los Principios Éticos en Fundraising (16 de octubre de 2006) destaca cinco principios universales que deberán ser respetados por todo fundraiser en su actividad recaudadora:
1º Honestidad 2º Respeto 3º Integridad 4º Compasión 5º Transparencia.
Así se recoge en la Declaración firmada por un buen número de asociaciones de fundraisers del mundo entre las que se encuentran además de España, Estados Unidos, Alemania, Argentina, Canadá, Bélgica, Polonia, Reino Unido, Hong Kong, Hungría, Corea del Sur, Singapur, Indonesia, Italia, Suecia, Suiza, Ucrania, Holanda, Francia, Finlandia, Kenia, Sudáfrica y Australia. Mayoría de europeos y escasísimos sudamericanos, pero ya irán sumándose, me consta, una gran cantera de fundraisers en Colombia y México.
Tiene como propósito “fomentar el crecimiento de una comunidad internacional de fundraisers a nivel mundial en un marco de las mejores prácticas éticas que construirán confianza pública y promoverán la filantropía”.
Además de los principios destacados la Declaración delimita seis áreas de responsabilidad que tendrán su propio desarrollo:
1º Donaciones
2º Personas con algún tipo de interés en la organización
3º Comunicaciones
4º Reportes
5º Pagos
6º Leyes nacionales
2º Personas con algún tipo de interés en la organización
3º Comunicaciones
4º Reportes
5º Pagos
6º Leyes nacionales
Todo fundraiser que se precie, bien profesional bien voluntario, sería aconsejable que la tuviera de manual de cabecera.